3 noviembre, 2020

El Estatuto de los Trabajadores establece que las empresas elaborarán anualmente un calendario laboral, debiendo exponerse el mismo en un lugar visible dentro de cada centro de trabajo.

En dicho calendario laboral debe informarse el horario de la empresa, la distribución anual de los días de trabajo y los festivos a disfrutar, teniendo en cuenta la jornada anual establecida por convenio colectivo.

A lo largo del año se disfrutarán hasta 14 días festivos. Pueden consultar las fiestas publicadas en los boletines oficiales correspondientes para el 2021 en los siguientes enlaces:

Fiestas nacionales 2021, publicadas en el BOE el 2 de noviembre de 2020: pulse aquí

Fiestas de la CCAA de Madrid 2021, publicadas en el BOCAM el 25 de septiembre de 2020: pulse aquí.

Fiestas locales de Madrid 2021, publicadas en el BOCAM el 22 de diciembre de 2020: pulse aquí.

Para poder realizar el calendario de 2021  en el enlace siguiente (pulse aquí) tienen a su disposición un modelo de calendario laboral, con las fiestas nacionales y de la CCAA de Madrid ya marcadas, a las que habría que añadir las fiestas locales de su municipio que tienen en el enlace arriba indicado, así como el logo de la empresa, la dirección de la misma y del centro de trabajo.

A la hora de realizar el calendario laboral deben respetarse las obligaciones establecidas específicamente en el convenio colectivo que les sea de aplicación.

Es recomendable, siempre que se pueda planificar, informar en el calendario laboral las fechas de vacaciones, así como pactarlas con los trabajadores. Si es la empresa la que estableciera las fechas de disfrute de las mismas deberá preavisar con al menos dos meses de antelación.

En caso de trabajos a turnos, jornadas específicas por categoría profesional o puesto de trabajo, jornadas especiales,… habría que establecer un calendario personalizado para los trabajadores afectados, bien realizando tantos calendarios como grupos de trabajadores estén afectados por los turnos diferentes que se realicen o personalizar por trabajador la distribución de la jornada a lo largo del año.

Para cualquier duda o ampliación de información pueden contactar con nuestro departamento laboral a través de nuestra página de contacto.